Esta reforma constitucional propone reemplazar al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Lima, 27 de Noviembre 2018, (ANDINA).- Esta reforma constitucional propone reemplazar al Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) por la Junta Nacional de Justicia (JNJ), organismo que se encargará del nombramiento y ratificación de jueces y fiscales; así como de las sanciones para los vocales supremos y fiscales supremos.
La JNJ, de acuerdo con la propuesta de reforma que irá a referéndum el 9 de diciembre, estará conformada por siete miembros y tendrá un periodo de cinco años.
Serán elegidos por un concurso público de méritos a cargo de una comisión especial integrada por el defensor del Pueblo, el presidente del Poder Judicial, el fiscal de la Nación, el presidente del Tribunal Constitucional, el contralor y dos rectores elegidos por las universidades públicas y privadas licenciadas y con más de 50 años de antigüedad.
El CNM estaba integrado por cinco miembros elegidos en votación secreta por la Corte Suprema, Junta de Fiscales Supremos, colegios de abogados del país, colegios profesionales y universidades publicas y privadas.
Requisitos
Los requisitos para integrar la JNJ son: ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, ser mayor de 45 años y menor de 75, ser abogado con 25 años de experiencia comprobada o con 15 años de labor de investigación en materia jurídica, no tener sentencia condenatoria firme o por delitos dolosos; así como poseer reconocida trayectoria profesional y solvencia e idoneidad.
Para integrar el CNM antes solo se pedía ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio, así como ser mayor de 45 años.
Funciones de la JNJ
Entre las funciones que tendrá la JNJ estará nombrar, previo concurso público de méritos y evaluación personal, a jueces y fiscales de todos los niveles.
Ratificará, además, a jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años, con voto público y motivado; a diferencia del CNM, que solo ratificaba con el voto de dos tercios del número legal de sus integrantes.
La JNJ podrá aplicar también sanciones de destitución a jueces de la Corte Suprema y fiscales supremos, y podrá actuar de oficio o a solicitud de la Corte Suprema o de la Junta de Fiscales Supremos.
Registrará, custodiará y mantendrá actualizado y público el Registro de Sanciones Disciplinarias de Jueces y Fiscales y cada año presentará un informe al pleno del Congreso.
Esta será la pregunta en la cédula: ¿Aprueba la reforma constitucional sobre la conformación y funciones de la Junta Nacional de Justicia, antes Consejo Nacional de la Magistratura?