Los trabajadores que cumplen actividades que no están comprendidas dentro de las excepciones del Estado de Emergencia y que se encuentren en sedes distinta a la de su residencia deberán cumplir la cuarentena en dicho lugar.

Lima, 21 Marzo 2020, (ANDINA).- El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior precisaron que los trabajadores que cumplen actividades que no están comprendidas dentro de las excepciones del Estado de Emergencia Nacional y que se encuentren en sedes distinta a la de su residencia deberán cumplir la cuarentena en dicho lugar.

“Los trabajadores que cumplen actividades que no están comprendidas dentro de las excepciones del Estado de Emergencia Nacional y que se encuentren en sedes, instalaciones o campamentos ubicados en una región o provincia distinta a la de su residencia deberán cumplir la cuarentena en dicho lugar” informaron en un comunicado.

En ese sentido, recordó que se encuentra terminantemente prohibido el transporte interprovincial de pasajeros, bajo responsabilidad penal.