Fue publicada en la separata de Normas Legales del Diario El Peruano la ley que tipifica el delito de financiamiento prohibido de organizaciones políticas.
Lima, 27 Agosto 2019, (ANDINA).- Fue publicada en la separata de Normas Legales del Diario El Peruano la ley que tipifica el delito de financiamiento prohibido de organizaciones políticas.
La ley tiene como objeto modificar el Código Penal a fin de incorporar un nuevo capítulo, denominado Delitos contra la participación democrática, el cual está compuesto por dos tipos penales: el delito de financiamiento prohibido de las organizaciones políticas y el delito de falseamiento de información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas
Asimismo, un tercer artículo de desarrollo normativo que define qué son fuentes prohibidas para efectos de la sanción penal.
Según el Ministerio de Justicia, con esta norma se logra un primer gran avance en la protección del sistema democrático de organizaciones políticas, pues por primera vez se sanciona penalmente las conductas que vulneran la transparencia y probidad en el manejo de las organizaciones políticas.
Si bien ya existen normas que regulan el financiamiento de partidos políticos y establecen sanciones, esta no había logrado abarcar todas las conductas delictivas o ilegales relacionadas al fenómeno del financiamiento de estas organizaciones.
Esta norma busca recuperar la confianza de la ciudadanía, a través de una mayor transparencia de las organizaciones sobre sus ingresos, el manejo de sus recursos y la identificación de los financistas, de modo que se logre evitar el condicionamiento de la organización a favor de intereses de terceros.