La Comisión Permanente del Congreso aprobó en la víspera el proyecto que modifica la Ley 28518, denominada Ley de Modalidades Formativas Laborales.

Lima, 22 Febrero 2018, (ANDINA).- La Comisión Permanente del Congreso aprobó en la víspera el proyecto que modifica la Ley 28518, denominada Ley de Modalidades Formativas Laborales, y lo exoneró de una segunda votación. Estos son los aspectos más polémicos de dicha iniciativa.

– En primer lugar, considera la modalidad formativa llamada «experiencias formativas en situaciones reales de trabajo».

– Bajo dicha modalidad el alumno de centros de educación técnico productiva y de institutos de educación superior tecnológicos accederá «a realización de experiencias formativas que consoliden y complementen su formación teórico práctica en aula, a través del desempeño de ciertas funciones en situaciones reales de trabajo».

– El aprendizaje se realizará mediante un convenio celebrado entre una empresa u organización y/o una institución educativa pública o privada y un alumno con matrícula vigente y en periodo de formación.

– La duración del mencionado convenio no podrá exceder un total de 448 horas distribuidas en un periodo máximo de tres años.

– La jornada formativa no será mayor a cuatro horas diarias o 20 horas semanales.

– El estudiante, precisa el proyecto aprobado, no recibirá subvención económica.

– Dicha disposición se sustenta en el hecho de que «las experiencias formativas se asocian a las unidades didácticas de aprendizaje fijadas en el plan de estudio de correspondiente a la carrera técnica de alumno beneficiado, como sucede en las pasantías» y por tratarse de un convenio formativo voluntario.