La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) explicó los alcances del Decreto Legislativo 1257.
Lima, 03 Enero 2017, (ANDINA).- La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) explicó los alcances del Decreto Legislativo 1257, promulgado el 8 de diciembre pasado.
Precisó que los deudores tributarios pueden solicitar a la Sunat, evaluar el fraccionamiento o reducción de sus deudas si cumplen los requisitos precisados en la norma.
En ese sentido, informó que el fraccionamiento solo es posible respecto a aquella deuda no incluida en alguno de los procedimientos concursales al amparo de la Ley General de Sistema Concursal o procedimientos similares establecidos en normas especiales.
Es decir, tal como indicó el presidente Pedro Pablo Kuczynski, podrán someterse a este beneficio todos los clubes de fútbol que tengan deuda con Sunat, siempre y cuando no estén sometidos a procedimientos concursales, y además cumplan los requisitos para acogerse a este fraccionamiento especial.
En ese sentido, pueden acogerse todos los clubes de fútbol profesional, excepto Universitario de Deportes, Alianza Lima, Sport Boys, FBC Melgar y Cienciano, según la Sunat.