Las empresas de agua deben atender la emergencia y responder por los perjuicios ocasionados cuando el aniego es de su responsabilidad.
Lima, 14 de enero 2026 (El Informante Perú).- Cuando ocurre un aniego por la rotura de una tubería de agua potable o desagüe, los usuarios no solo tienen derecho a una atención inmediata, sino también a ser resarcidos por los daños sufridos. Por ello, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) recuerda que las empresas prestadoras (EPS) están obligadas a contar con una póliza de seguros de responsabilidad civil, instrumento clave para cubrir los perjuicios ocasionados a personas, viviendas y bienes de los usuarios.
Ante una emergencia de este tipo, la EPS debe intervenir para controlar los posibles incidentes y reducir la afectación. Paralelamente, es fundamental que los usuarios actúen oportunamente y sigan estas recomendaciones:
1. Reportar el hecho de inmediato, brindando la dirección, el área afectada y el número de suministro.
2. Reunir evidencias, como fotografías, videos, documentos o testimonios que acrediten los daños, tanto los ocurridos a las personas como a sus bienes.
3. Registrar un reclamo formal en los canales oficiales de su empresa prestadora.
4. Solicitar la evaluación de los daños, a fin de que la empresa determine la responsabilidad y proceda conforme a lo establecido.
Las empresas de agua son las responsables de realizar las gestiones para que la póliza contratada se active en caso ocurra un hecho que afecte a los usuarios, salvo que la EPS asuma directamente los daños ocasionados.
Es importante señalar que la obligación normativa también incluye los daños a las personas para considerarlos en el concepto de reparación.
Durante todo el proceso, la Sunass supervisa que la empresa atienda los problemas operacionales, ejecute la limpieza de las zonas afectadas y acompañe a los usuarios perjudicados, a fin de garantizar el respeto de sus derechos. Para más información pueden comunicarse al Fono Sunass 1899.