Ley fue publicada en las normas legales del diario El Peruano

Lima, 19 Diciembre 2024, (ANDINA).- El Poder Ejecutivo publicó hoy una ley según la cual el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior, podrá entregar pasaportes electrónicos ordinarios con una vigencia de 10 años a los ciudadanos peruanos que lo soliciten.

La Ley Nº 32205, Ley que modifica la Ley 31678 – Ley que modifica el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones a fin de establecer la vigencia del pasaporte electrónico ordinario por 10 años, fue publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

Señala que los pasaportes con vigencia de 10 años son entregados por la Superintendencia Nacional de Migraciones en territorio nacional y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior, a los ciudadanos que los soliciten al término de la expedición de los pasaportes que tienen una vigencia de 5 años.

Con esta reforma, se busca optimizar el proceso de entrega de pasaportes y hacer más eficiente la gestión de los documentos de viaje, especialmente para los peruanos que residen en el extranjero.

Refrendan esta medida la Presidenta de la República, Dina Boluarte y el presidente y primera vicepresidenta del Congreso de la República, Eduardo Salhuana y Patricia Juárez, respectivamente.