Reconsideración de la segunda votación no alcanzó lo votos necesarios

Lima, 23 de Agosto 2024, (ANDINA).- El pleno del Congreso ratificó hoy la reforma que propone la modernización del sistema previsional, ello luego de no aprobarse la reconsideración a la segunda votación de esta norma, presentada por las bancadas de izquierda.

Votaron a favor de la reconsideración 56 congresistas, en contra 36 y 7 se abstuvieron, en ese sentido se dio por no aprobada y en consecuencia el Parlamento procederá con la elaboración de la autógrafa de ley.

De esta manera, se ratifica la segunda votación de esta propuesta desarrollada el pasado 6 de junio del presente año.

Dicha iniciativa dispone que queda prohibido el retiro total o parcial de los fondos acumulados en las cuentas individuales de aportes obligatorios por parte de los afiliados durante su etapa activa. Es decir, ya no se podrán efectuar nuevos retiros extraordinarios en contextos de crisis económica o por emergencias sanitarias.

Asimismo, crea el aporte por consumo que es un aporte voluntario con fin previsional proveniente de los gastos por consumo realizados por los afiliados debidamente sustentados en comprobantes de pago que contengan el Documento Nacional de Identidad (DNI) correspondiente.

El comprobante de pago emitido que será considerado para la pensión por consumo podrá tener un valor máximo de hasta 700 soles.

El aporte por consumo es administrado por el Sistema Privado de Pensiones (SPP), a través de una cuenta especial, que puede estar sujeta al pago de una comisión. Las características, funcionamiento, mecanismos de aportación, entre otros, son establecidas en los reglamentos correspondientes.

Además, la iniciativa señala que la edad de jubilación en el nuevo sistema se fija en 65 años, para hombres y mujeres.

En tanto, la edad para acceder a una pensión adelantada, anticipada ordinaria o anticipada por desempleo, cuando corresponda, es a partir de los 55 años.

De igual modo, precisa que los nuevos afiliados al nuevo sistema y los afiliados al SPP menores de 40 años no podrán elegir entre percibir la pensión que les corresponda en cualquier modalidad de retiro, así como solicitar a la AFP la entrega de hasta el 95.5 % del total del fondo disponible en su cuenta individual de capitalización (CIC) de aportes obligatorios, en las armadas que considere necesarias.