La norma reconoce el valor estratégico de los humedales para la seguridad hídrica, seguridad alimentaria y medios de vida de poblaciones locales. Asimismo, tiene un enfoque multisectorial y descentralizado para atender situaciones de amenaza y afectación.
Lima, 09 Mayo, (El Informante Perú).- Mediante Decreto Supremo N° 006-2021-MINAM, el Gobierno, a través del Ministerio del Ambiente, aprobó una norma histórica que tiene como objetivo proteger a los humedales del país. El documento, que lleva la rúbrica del presidente de la República, Francisco Sagasti, y los ministros del Ambiente, Producción y Desarrollo Agrario y Riego, desarrolla disposiciones para la gestión multisectorial y descentralizada de los humedales.
De esta manera, se crea un marco de protección legal y sancionador sobre los humedales, se promueven las inversiones de conservación y recuperación de sus ecosistemas, se ordena las competencias de las entidades involucradas en su gestión, y se crea una hoja de ruta para generar información e investigación sobre sus beneficios y amenazas.
Los humedales son ecosistemas frágiles, pero fundamentales en el proceso de regulación del ciclo hídrico, ya que tienen la capacidad de conservar y almacenar agua en las cuencas altas que alimentan los ríos en época de estiaje; además de albergar flora y fauna originaria, y retener gases de efecto invernadero.
Estos espacios naturales resultan importantes tanto para las personas que habitan en los alrededores -debido a que les permite desarrollar diversas actividades productivas- como para quienes aprovechan recursos indispensables como el agua para consumo humano y riego.
A pesar de este evidente aporte, hasta hace poco los humedales no estaban plenamente protegidos por el marco normativo. Existían vacíos legales que dificultaban su protección frente a diversas amenazas: depredación con fines decorativos, actividades extractivas, sobrepastoreo, entre otras.
Entre ellas, está la actividad que realizan los “champeros”, así llamados por ser los depredadores que extraen la turba (o champa) de los bofedales para comercializarla en los viveros de las ciudades, sin considerar que este material puede demorar cientos de años en formarse naturalmente y el gran aporte que tiene en los ecosistemas hídricos.
El Perú, es uno de los países con una de las mayores extensiones mundiales de turberas.
Alcances del Decreto Supremo
La norma reconoce el valor estratégico de los humedales para la seguridad hídrica, seguridad alimentaria y medios de vida de poblaciones locales. Además, tiene un enfoque multisectorial y descentralizado para atender situaciones de amenaza y afectación.
Al respecto, Isabel Calle, directora ejecutiva de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), una de las instituciones que han contribuido con la elaboración de dicha norma, señaló que “la nueva norma sobre gestión de humedales marca un hito en los esfuerzos estatales para la protección legal de ecosistemas estratégicos para la seguridad hídrica. En un escenario ideal, no deberíamos necesitar esquemas de protección por cada área esencial de nuestro patrimonio natural, pero en los últimos años hemos visto como la depredación de bofedales altoandinos, la extracción indiscriminada de turba y la degradación de estas áreas que están a lo largo del territorio nacional se ve comprometida porque el sistema de protección estaba pendiente”.
Esta iniciativa aprobada por el Ejecutivo contó con la asistencia técnica del Proyecto Infraestructura Natural para la Seguridad Hídrica, desde la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA).