Lima, 30 Noviembre 2020, (ANDINA).- El titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, Víctor Zúñiga, culminó la audiencia en la que el fiscal José Domingo Pérez sustentó el pedido de la suspensión temporal del partido Fuerza Popular y se escuchó la defensa de dicha organización política, que estuvo a cargo del abogado Christian Salas.

El magistrado anunció que emitirá su decisión “en un plazo prudente” y de acuerdo con la carga de expedientes de su despacho.

“Se declara cerrado el debate y se emitirá decisión judicial en un plazo prudente de acuerdo a la carga que tiene este despacho judicial”, afirmó Zúñiga tras escuchar a las partes.

Asimismo, recordó que el requerimiento efectuado por el Ministerio Público fue presentado el 22 de julio de este año y no pudo ser visto hasta hoy, porque, primero, tuvo que resolverse una recusación contra su despacho.

“Han pasado más de cuatro meses y estamos viendo este incidente el 30 de noviembre”, agregó el magistrado.

Ministerio Público

Durante la audiencia, el fiscal José Domingo Pérez aseguró que el pedido de suspensión temporal por dos años y medio de Fuerza Popular “es legal y constitucional”.

“Teniendo en cuenta que el Tribunal Constitucional en el caso Nadine Heredia, resolvió que las organizaciones políticas pueden ser sancionadas penalmente porque el delito de lavado de activos puede configurarse en dichas organizaciones”, dijo.

Además, explicó que sin la existencia de una persona jurídica (en este caso Fuerza Popular) “no se hubieran realizado las presuntas actividades ilícitas”.

“Pedimos la suspensión porque quien ejerce la presidencia del partido es Keiko Fujimori que según nuestra tesis tenía conocimiento de ilicitud del dinero ingresado”, refirió.

Por último, aseguró que esta medida de suspensión temporal “no es la más gravosa para las personas jurídicas”, sino se trata de “una medida real”.

“La historia se va a repetir sino se ampara esta medida de suspensión temporal de dos años y medio, teniendo en cuenta lo ocurrido anteriormente con el Partido Nacionalista. La conducta se está reproduciendo”, añadió.

Fuerza Popular

Por su parte, el abogado Christian Salas, representante legal de Fuerza Popular, consideró que, según la Ley de Organizaciones Políticas, en su artículo 11-A señala que la suspensión de un partido no puede ser más de un año “y que no se aplica durante un proceso electoral”.

“No estamos en el mismo caso del Partido Nacionalista”, aseguró.

Salas explicó que hasta el momento no existen pericias en la investigación que viene desarrollando el Ministerio Público a Fuerza Popular, que ya tiene tres años, existiendo “sospechas”, pero que no hay elementos probatorios suficientes.

De igual modo, sostuvo que no es posible que un organismo jurisdiccional se pronuncie por un pedido de suspensión temporal de un partido político, pues esta agrupación “no puede pagar por los hechos cometidos por un grupo de personas”.

“No hay un peligro concreto de que se seguirá comiendo delito o se obstruirá los actos procesales”, agregó, para luego decir que existe una Ley de partidos políticos que “es un candado para cualquier acto delictivo”.

Por esta razón, Salas pidió que se declare improcedente el pedido del fiscal José Domingo Pérez, o, en todo caso, se determine como infundada la solicitud.