La Sala Penal confirmó la resolución que declara infundado el pedido del Ministerio Público para cambiar la orden de arresto domiciliario a Pedro Pablo Kuczynski.

Lima, 11 Septiembre 2019, (ANDINA).- La Sala Penal de Apelaciones Anticorrupción confirmó la resolución que declara infundado el pedido del Ministerio Público para cambiar la orden de arresto domiciliario por prisión preventiva en contra del ex presidente Pedro Pablo Kuczynski.

Los jueces de la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios confirmaron la resolución del 23 de agosto que declaró infundado el pedido del fiscal del Equipo Lava Jato, José Domingo Pérez, de variar la medida restrictiva contra el expresidente Kuczynski.

La Fiscalía sostuvo durante la audiencia que el exmandatario incumplió con tres restricciones: La prohibición de comunicación con testigos en todas las investigaciones que tiene a su cargo, así como la de realizar reuniones sociales en el inmueble donde se encuentre detenido y la de efectuar actividad política directa e indirectamente.

Pérez indicó que las inconductas del expresidente se deben a las visitas que recibió por parte de la vicepresidenta Mercedes Aráoz, los congresistas Carlos Bruce y Gilbert Violeta y los exministros Alfredo Thorne, Claudia Cooper, Bruno Giuffra, Cayetana Aljovín, Abel Salinas y Alfonso Grados.

Sin embargo, la resolución en segunda instancia precisa que si bien no pueden desconocerse los cargos políticos de los visitantes, “las visitas alegadas por la Fiscalía no demuestran que el imputado haya realizado alguna actividad política”.

“Se trata entonces de una inferencia lógica deductiva que realiza la Fiscalía, que no tiene sustento con un dato en concreto y objetivo que corrobore su tesis, tal y como el fiscal superior ha manifestado en el debate correspondiente”, indica el documento.

El 27 de abril, el Poder Judicial aceptó el pedido de apelación de la defensa de Kuczynski para variar la prisión preventiva contra el exmandatario por una medida de arresto domiciliario.

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