El jefe de la  ONPE, Adolfo Castillo Meza, estimó que alrededor de 950,000 ciudadanos peruanos votarán en el extranjero en las próximas elecciones generales del 2021.

Lima, 14 Noviembre 2017, (ANDINA).- El jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Adolfo Castillo Meza, estimó que alrededor de 950,000 ciudadanos peruanos votarán en el extranjero en las próximas elecciones generales del 2021.

Durante su intervención en la sesión de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso, el funcionario informó que en las elecciones generales del 2016 un total de 884,924 connacionales estuvieron aptos para sufragar.

El jefe de la ONPE explicó que la mayor concentración de electores peruanos en el extranjero está en el continente americano, con 597,172. En Europa son 248,982, en Asia son 33,647, en Oceanía son 4,862 y en África, 261.

Durante su presentación, Castillo Meza advirtió que uno de los factores a superar en cuanto al voto de los peruanos en el exterior es el ausentismo.

Al respecto, recordó que en la primera vuelta de los comicios generales del 2016, de los 884,924 electores hábiles para votar concurrieron a las urnas 472,027 (53.34%), registrándose un ausentismo de 421,897 ciudadanos (46.66%).

Asimismo, dijo que en la segunda vuelta sufragaron 389,529 (44.018%); mientras que 495,395 (55.982%) electores decidieron no concurrir a las urnas.

El jefe de la ONPE sostuvo que para revertir esta situación en el extranjero, el organismo electoral trabaja en la posibilidad de aplicar el Voto Electrónico No Presencial, una de las modalidades de voto electrónico que no necesita la presencia física del elector en el local de sufragio.

Asimismo, la autoridad electoral se mostró de acuerdo con la creación del distrito electoral especial para los peruanos residentes en el extranjero.

La iniciativa legislativa propone que en esta jurisdicción electoral se elija a un número determinado de congresistas en representación de los cerca de 900,000 peruanos en el exterior, para lo cual se tiene que modificar el artículo 21 de la Ley Orgánica de Elecciones.