Nuevo reglamento también brinda facilidades para incentivar el registro y aporte de los trabajares independientes

Lima, 25 Noviembre 2020, (ANDINA).- El Poder Ejecutivo aprobó hoy el nuevo reglamento que unifica las normas que regulan el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y flexibiliza los requisitos y procedimientos para el otorgamiento de pensiones a los afiliados al Decreto Legislativo N° 19990.

El director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la ONP, Roberto Burneo, destacó que uno de los principales beneficios que la Oficina de Normalización Previsional (ONP) implementará de manera inmediata es la posibilidad de acreditar hasta seis años de aportes al SNP a través de una declaración jurada.

Sostuvo que esto aplica para aquellos casos en los cuales no se cuente con la documentación necesaria para confirmar los periodos informados por el trabajador en su solicitud de pensión.

El funcionario de la ONP indicó que la igualdad de género también ha sido considerada en la nueva normativa. En caso de las pensiones por viudez, elimina el requisito solicitado únicamente a los varones, quienes debían demostrar que dependían económicamente de sus parejas para acceder a esta prestación.

Señaló que otra innovación que ya está vigente es la pensión provisional por discapacidad, pues ahora los asegurados que sufran algún accidente que les impida seguir laborando podrán acceder a una pensión provisional y hasta por un año, mientras gestionan el certificado correspondiente ante una comisión médica.

Explicó que para ello solo deberá adjuntar un documento firmado por su médico tratante el cual puede ser del Ministerio de Salud, EsSalud e incluso de una EPS.

Independientes

Roberto Burneo también señaló que el dispositivo legal establece mecanismos para facilitar la inscripción y recaudación del aporte de los trabajadores independientes al establecer nuevos canales para su registro en el SNP.

Además, permite que los facultativos, por la naturaleza de su trabajo, puedan realizar pequeñas contribuciones que, al sumar el 13% de la Remuneración Mínima Vital (monto mínimo que se puede aportar al SNP), sean consideradas como un mes de aporte.

Asimismo, el funcionario de la ONP resaltó que, en la Sexta Disposición Complementaria Final del nuevo reglamento, se encarga a la ONP realizar los esfuerzos suficientes para que, adicionalmente al pago oportuno de las prestaciones, brinde servicios para mejorar la calidad de vida de sus pensionistas; entre ellos, asesorías permanentes y atender el servicio de pago de pensiones con entrega en el domicilio.