La Contraloría informó que la auditoría del proceso de promoción del contrato de concesión del aeropuerto de Chinchero está prevista finalizarla en el mes de julio de 2017”.

Lima, 24 Mayo 2017, (ANDINA).- La Contraloría General de la República informó que la auditoría del proceso de promoción del contrato de concesión del aeropuerto de Chinchero “se encuentra en curso y está prevista finalizarla en el mes de julio de 2017”.

En un comunicado, señaló que no existe contradicción entre el informe que realizó en 2014 sobre el proyecto del aeropuerto de Chinchero y el presentado el pasado lunes respecto a la adenda para la ejecución de dicha iniciativa.

“No existe contradicción entre lo señalado en el Informe Previo de la Contraloría realizado en el año 2014 a la versión final del proyecto del Contrato de Concesión y lo concluido en el Informe de Auditoría a la Adenda N° 1 del Aeropuerto de Chinchero”, precisó.

En ese sentido, refirió que la recomendación brindada en el último documento para regresar a las “condiciones iniciales de competencia” del contrato significa que, a pesar de no tener un tope a la tasa de endeudamiento (aspecto observado en informe previo de 2014), se utilice este documento “para exigir al concesionario que presente nuevas opciones de financiamiento para elegir la más favorable para los intereses del Estado”.

Asimismo, explicó que la participación de la Contraloría el año 2016 fue bajo la modalidad de “control simultáneo”, circunscrito únicamente a la revisión de las condiciones financieras que el contrato de concesión tenía establecidas para alcanzar el cierre financiero.

“En esa ocasión, se recomendó negociar la tasa de endeudamiento. En ningún momento, la Contraloría recomendó suscribir una adenda. La intervención fue puntual. No hubo ningún acompañamiento en el proceso de trámite para la suscripción de la Adenda N°1, como se ha mal informado, ni hubo un Informe previo de la misma”, anotó.

APP

En otra parte del comunicado, dijo que el artículo 54° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224 de la Ley de Asociaciones Público Privadas (APP), establecía que existen tres causales para hacer modificaciones contractuales antes de los tres primeros años de una concesión.

Estos son la corrección de errores materiales; por requerimientos sustentados de los acreedores permitidos, vinculados a la etapa de cierre financiero del contrato; y ante la precisión de aspectos operativos que impidan la ejecución del contrato.

“La auditoría a la adenda concluye que las entidades auditadas (los Ministerio de Transportes y Comunicaciones; de Economía y Finanzas y Ositran) no cumplieron con presentar los documentos que sustenten la aplicación del referido numeral del artículo 54°del Reglamento de la Ley de APP”, agregó.

Precisó que no se acreditó la existencia de un acreedor permitido “ni de una propuesta de endeudamiento garantizado permitido vigente, lo que hizo irregular su suscripción el día 02 de febrero de 2017”.

“Al ser irregular la firma de la adenda, el informe de auditoría recomienda regresar a las condiciones iniciales de competencia del Contrato de Concesión. Esto no significa que se tenga que aceptar un financiamiento que sea desfavorable para los intereses del Estado”, acotó.