Lima, 26 Julio 2026.- Después de más de tres décadas, el Perú vuelve a contar con un Congreso bicameral. Ahora, el Poder Legislativo estará integrado por 60 senadores y 130 diputados, quienes asumirán funciones diferenciadas para fortalecer la representación política, el debate de las leyes y el control parlamentario.

La restitución de la bicameralidad marca una de las reformas políticas más importantes de las últimas décadas, al recuperar un modelo histórico que busca mejorar el proceso legislativo y la calidad de las normas.

Conoce cómo estará conformado el nuevo Congreso, cuáles serán las funciones de cada cámara y qué impacto tendrá este cambio en el sistema político peruano.

El regreso del Congreso bicameral

Este cambio representa una de las reformas políticas más trascendentes de las últimas décadas. Restituye un modelo histórico que acompañó al Perú desde la primera Constitución de 1823 hasta 1992, cuando se instauró un Congreso unicameral con la Constitución de 1993.

El nuevo diseño del Congreso asigna funciones exclusivas y diferenciadas al Senado y a la Cámara de Diputados, de modo que cada una desempeñe un rol específico en el proceso legislativo. Con ello se busca fortalecer la representación política, someter las iniciativas a una segunda instancia de debate, reforzar el control político y mejorar la calidad de las leyes. 

Los senadores y diputados ejercerán sus funciones durante cinco años, y, mientras dure su mandato, no podrán desempeñar otro cargo público ni ejercer otra profesión u oficio, salvo las excepciones previstas por la Constitución.

Como se recuerda, en la víspera se desarrolló la elección de los presidentes de ambas Cámaras, siendo electo para Senadores Miguel Ángel Torres Morales de Fuerza Popular; y para la de Diputados, Óscar de Jesús Reto Otero, del Partido del Buen Gobierno.

Conoce aquí las principales funciones que tendrán los integrantes del Senado

El hemiciclo del Senado, así como la Cámara de Diputados, órganos del Congreso bicameral, iniciarán funciones el próximo 27 de julio, tras su instalación. Conoce aquí las funciones que cumplirán los 60 senadores.

¿Cómo fueron electos?

De los 60 senadores, 30 fueron elegidos por distrito electoral múltiple y los restantes 30 integrantes del Senado, electos para un distrito electoral único nacional.

Según el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de los 30 senadores electos por distrito electoral múltiple un senador fue electo por cada suscripción, o departamento, cuatro por Lima Metropolitana, uno por la Provincial Constitucional del Callao y uno por los peruanos residentes en el extranjero.

Mientras tanto, los otros 30 miembros del Senado fueron elegidos para un distrito electoral único nacional o con el voto de todos los electores a escala nacional.

Funciones del Senado 

El Senado tendrá las siguientes funciones:

-Aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados; así como elegir al defensor del pueblo, a los magistrados del Tribunal Constitucional y a tres directores del Banco Central de Reserva.

También designar al contralor general de la República y ratificar al superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

El Senado está facultado para autorizar al presidente de la República a salir del país, autorizar el ingreso de tropas extranjeras en el territorio nacional y revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario.

Tiene como funciones, igualmente, ejercer control sobre decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados y decretos de régimen de excepción; aprobar tratados antes de la ratificación del presidente de la República; entre otras.

Las facultades del Senado se encuentran establecidas en la Ley 31988, ley de reforma constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República.

El JNE también recordó que los senadores son elegidos para un período de cinco años y en la designación por distrito electoral múltiple el elector puede hacer uso de un voto preferencial y, en el caso del distrito electoral único nacional, del doble voto preferencial.

Conoce aquí las funciones que cumplirán los integrantes de la Cámara de Diputados

El hemiciclo del Senado, así como la Cámara de Diputados, órganos del Congreso bicameral, iniciarán funciones el próximo 27 de julio, tras su instalación. Conoce aquí las funciones que cumplirán los 130 diputados.

Distribución de escaños

De acuerdo con la Resolución 0053-2025-JNE, 28 diputados son elegidos por distrito electoral múltiple, correspondiendo un representante por cada circunscripción departamental, incluida la Provincia Constitucional del Callao; mientras que los peruanos residentes en el extranjero cuentan con dos representantes.

Los 102 diputados restantes se eligieron en forma proporcional al número de electores de cada circunscripción. La distribución por departamento es la siguiente:

Tumbes, Huancavelica, Moquegua, Apurímac, Tacna, Madre de Dios, Pasco, Amazonas: 1 diputado cada uno.

Ucayali, Huánuco, Ayacucho: 2 diputados cada uno.

Loreto, San Martín, Ica, Callao, Lima provincia: 3 diputados cada uno.

Áncash, Junín, Cusco, Puno, Lambayeque: 4 diputados cada uno.

Cajamarca, Arequipa: 5 diputados cada uno.

Piura, La Libertad: 3 diputados cada uno.

Lima Metropolitana: 31 diputados.

Para la elección de diputados se aplica el doble voto preferencial opcional, excepto en los distritos donde se elige un solo diputado, que permitirá únicamente un voto preferencial.

Funciones de la Cámara de Diputados

La Cámara de Diputados tiene como funciones principales:

Aprobar las propuestas normativas que serán remitidas al Senado.

Interpelar y censurar a los ministros de Estado.

Otorgar o rehusar la confianza planteada por iniciativa ministerial.

Conformar comisiones investigadoras sobre asuntos de interés público.

Acusar ante el Senado a autoridades como el presidente de la República, ministros, magistrados del Tribunal Constitucional y otros altos funcionarios por infracción de la Constitución o delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.

Solicitar informes a ministros de Estado, al JNE, al contralor general, al Banco Central de Reserva y otras instituciones según la ley.

Entre otras funciones.

Estas funciones están establecidas en la Ley 31988, que restablece la bicameralidad en el Congreso de la República. (ANDINA).