La Sala Penal de Apelaciones sostuvo que se respetaron todos procedimientos legales al emitir la resolución que declara fundada la recusación formulada por Jaime Yoshiyama.

Lima, 16 de Enero 2019, (ANDINA).- La Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior contra la Criminalidad Organizada y Corrupción de Funcionarios sostuvo que se respetaron todos procedimientos y normativa legal al emitir la resolución que declara fundada la recusación formulada por Jaime Yoshiyama contra el juez Richard Concepción Carhuancho.

En conferencia de prensa, el juez César Sahuanay, presidente de este colegiado, explicó que una de las causales para pedir la recusación de un juez es por el temor de su parcialidad, lo cual, según dijo, ocurrió en el caso de Concepción Carhuancho cuando emitió una opinión sobre el retiro de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez del caso Lava Jato.

“Ningún juez puede ir a ventilar temas que está conociendo porque se corre el riesgo de adelantar opinión, que es lo que ha ocurrido (en el caso del juez Richard Concepción)”, indicó.

Dijo que si bien el juez menciona la hipótesis sobre la captura del Ministerio Público (MP) en su resolución de prisión preventiva a miembros de Fuerza Popular, subrayó que Concepción Carhuancho no tenía autorización del juez superior para declarar sobre este tema a los medios de comunicación ni relacionarla con la salida de Vela y Pérez del MP.

“Él no se podía haber pronunciado sobre ese aspecto porque la resolución es anterior a la remoción de los fiscales que fue el 31 de diciembre”, expresó.

Sahuanay aseguró que el caso de los aportes a le campaña a Fuerza Popular no se verá afectado por la separación de Concepción Carhuancho porque el proceso está a nivel de investigación preparatoria donde es el fiscal y no el juez, quien conduce las pesquisas.

Rechazó también que se haya requerido de una audiencia pública para resolver el pedido de recusación contra el juez Concepción, ya que el Nuevo Código Procesal no lo establece. No obstante, indicó que el MP tenía conocimiento que se iba a emitir sentencia y, por tanto, podía haber solicitado de manera excepcional una sesión para discutir la medida pero no lo hizo.

En este punto el juez Iván Quispe, miembro del colegiado, refirió que en el proceso que involucra a Keiko Fujimori y sus partido “han habido hasta cuatro recusaciones que se han resuelto sin convocar a audiencia”.

Con relación a si un investigado ausente puede recusar a juez, Sahuaynay indicó que el Art. 139 numeral 14 precisa que los abogados están facultados a presentar escritos en nombre de sus patrocinados.

A su turno, la jueza Jessica León, otro miembro de la Sala Penal de Apelaciones, descartó vínculos con la red criminal los Cuellos Blancos del Puerto a la vez que indicó que la decisión para separar a Concepción Carhuancho se tomó por unanimidad.

Los magistrados indicaron que el reemplazante del juez del caso cócteles será elegido de forma aleatoria entre tres jueces de investigación preparatoria.

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